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Adecuaciones internas por normativa de género, registro de deudores de alimentos y otras

 Contraloría Universitaria informa, que con el objeto de revisar el cumplimiento de normativas de relevancia nacional, a las cuales la Universidad de Santiago debe adscribir y adecuar sus instrumentos internos, se han revisado por el Departamento de Control de Legalidad las siguientes normas: 

  1. Ley 21.369, que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación superior.
  2. Ley N°21.389, que crea el Registro Nacional de deudores de pensiones de alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de pensiones de alimentos. 
  3. Ley 21.595, de delitos económicos. 

  En materia de género, se observan entre otros:

  • Compromiso de inclusión de cláusula de género en PAF en línea, próxima a implementar. 
  • Se verifica inclusión en los considerandos de la resolución SIAPER la Ley N°21.369 y la resolución exenta N°9011/2023.
  • En materia de honorarios, se modifica declaración jurada de inhabilidades, señalando: “Declaro conocer y aceptar la aplicación de la normativa interna en materia de acoso sexual, violencia y discriminación de género en el ámbito académico de la Universidad de Santiago de Chile en virtud de lo dispuesto en la Ley 21.369, la cual se encuentra contenida en la Resolución 9011/2023 y otras disposiciones en la materia. Instrumentos que se encuentran disponibles permanentemente en el siguiente sitio web institucional: https://direcciondegenero.usach.cl/normativas-institucionales”.
  • En relación a convenios suscritos por la Universidad, se expresa que:“Todos los convenios deberán incluir una cláusula que haga aplicable a la contraparte la normativa interna en materia de acoso sexual, violencia y discriminación de género: Criterio establecido en consideración al artículo 9 de la Ley 21.369”. Indicando que “En general, se excluye cualquier cláusula que esté en contra de los intereses institucionales.”
  • Realización de cursos de enfoque de género.
  • Designación de Gestoras de Género del Gobierno Universitario.
  • Creación de ficha de protocolos para derivación de casos desde diversas unidades de la Universidad.
  • Resolución Exenta N°2986 de fecha 18 de mayo del 2023, que regula la contratación de terapias de acompañamiento psicológico para la dirección de Género de la Universidad.
  • Informe que regula las competencias laborales en Género, Inclusión y Diversidad.
  • Reporte de acciones de difusión y sensibilización.
  • Manual para la utilización de la plataforma de tramitación y consulta virtual de procedimientos disciplinarios de género.

 En cuanto a la implementación de acciones correspondientes al Registro de Deudores: 

  • Se han fijado las responsabilidades que cada área de la Dirección de Personas, las cuales asumirán y procurarán para el cumplimiento de la normativa, indicando que la implementación de la normativa citada, en sus diversas etapas, tendrá las siguientes unidades responsables:
  1. Reclutamiento y Selección (Jefatura  de Departamento de Desarrollo de Personas).
  2. Proceso de Contratación (Jefatura de Unidad de Contrataciones).
  3. Proceso de Convenios de Honorarios (Se coordina fiscalización del Departamento de Control de Legalidad de Contraloría Universitaria, en la revisión de contratos honorarios). Proceso de Remuneraciones (Jefatura de Unidad de Remuneraciones).
  • Se adjunta formulario de autorización de descuento para Deudores de Pensión de Alimentos.

 Sobre Ley 21.595, de delitos económicos.  

  • Se incluye en Declaración Jurada de Convenios de Honorarios, lo siguiente: 

 “Declaro no estar inhabilitado para el ejercicio de una función o cargo público, por haber sido condenado por delitos económicos, en razón de lo preceptuado en el artículo 31 de la Ley 21.595 de 2023, Ley de Delitos Económicos, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.A su vez, en caso de ser condenado por un delito económico durante la vigencia de mi contratación, quedaré inhabilitado para el ejercicio de la función o cargo público, por la extensión que corresponde conforme a la ley, en razón de lo preceptuado en la Ley 21.595, Ley de Delitos Económicos”.    Todo lo anterior, fue debidamente expuesto a las autoridades universitarias responsables de los procesos, con el objeto de continuar trabajando en la implementación efectiva de las normativas indicadas.